{{La Junta de Gobierno Local ha anulado el procedimiento de contratación para profesores de escuelas municipales proponiendo para el nuevo una rebaja media del 25% de la hora de servicio, IU-LV en Colmenarejo se opondrá a estas medidas y para ello ha registrado una moción que nuestro concejal defenderá en el próximo pleno.}}
Moción
Los ayuntamientos prestan un importante apoyo a la formación de personas de todas las edades que complementa la formación no reglada prestada por otras instancias superiores. Dado que muchas de estas actividades se podrían considerar competencias impropias por estar fuera de lo estrictamente obligatorio para los ayuntamientos se debe procurar que el coste de estas actividades se encuentre en la medida de lo posible cubierto en parte o totalmente por la aportación de los alumnos de estos servicios formativos.
El Ayuntamiento de Colmenarejo cuenta con una importante oferta de servicios de formación que incluyen diversas actividades, entre las que cabe citar la escuela de música y la escuela de idiomas, entre otras. Estas actividades son dirigidas por personal docente que bien están contratados por el Ayuntamiento de Colmenarejo y figuran en su plantilla, corriendo parte de su aportación a la Seguridad Social a cargo de la empresa, es decir el ayuntamiento, como marca la ley o bien son profesionales que trabajan para el Ayuntamiento de Colmenarejo en régimen de prestación servicios soportando ellos mismos los gastos de Seguridad Social.
La filosofía aplicada por anteriores equipos de gobierno ha sido que el coste de estas actividades docentes se encuentre en la medida de lo posible cubierto totalmente por la aportación de los alumnos/as de estas actividades, sin incluir los costes generales de mantenimiento de las dependencias municipales que se consideran gastos inherentes a la existencia de las mismas pero si cubriendo el coste del profesorado.
A su vez dada dado el diferente régimen jurídico en que prestan sus servicios los docentes cono ya se ha explicado anteriormente, no dependiendo este de la materia impartida ni del número de horas impartidas por el docente, se ha calculado hasta la fecha el coste de hora de servicio de los profesionales que prestan sus servicios en las citadas actividades en relación al coste real de las mismas y del tal modo que independientemente de cual sea el régimen jurídico de contratación su remuneración sea equivalente entre ambos colectivos.
Es por ello que rechazamos los acuerdos tomados en la JGL del pasado 13 de julio de 2011, anulando el Procedimiento de Contratación previsto inicialmente y en la JGL del pasado 22 de julio de 2011 proponiendo un nuevo Procedimiento de Contratación con una rebaja media del 25% de la hora de servicio, ya que esto supondría que dos profesores realizando la misma actividad docente tendrían remuneraciones diferentes por la misma actividad dependiendo del régimen jurídico de su contratación. A la vez que negamos el interés público que se alega ya que con el Pliego de contratación inicial ya se cubrían los costes reales de la actividad y por tanto no existe el mencionado interés público.
Por todo ello, se presenta la siguiente,
PROPOSICIÓN
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenarejo insta al Gobierno Municipal a anular los acuerdos tomados en la JGL del pasado 13 de julio de 2011, rechazando el Procedimiento de Contratación previsto y en la JGL del pasado 22 de julio de 2011 proponiendo un nuevo Procedimiento de Contratación por no existir la causa de interés público mencionada dado que el coste previsto inicialmente cubre el coste total de la actividad y garantiza la calidad del servicio prestado y que de aplicarse la modificación prevista se produciría una reducción de los ingresos de estos profesionales creando una situación de franca desigualdad entre docentes al servicio del Ayuntamiento de Colmenarejo dependiendo del régimen jurídico de su contratación




